Las ayudas a la rehabilitación de edificios – Plan Renhata 2020 están en marcha. Aunque debido al actual estado de alarma las fechas de presentación no están fijadas, se puede empezar a preparar la solicitud. 

Según la resolución publicada el 15 de mayo en el Diari oficial de la Generalitat Valenciana, la Dirección General de Calidad, Rehabilitación y Eficiencia Energética convoca para el ejercicio 2020 las ayudas de rehabilitación de edificios.

Estas ayudas se contemplan dentro del Programa de fomento de la conservación, de la mejora de la seguridad de utilización y de la accesibilidad en viviendas del Plan estatal de vivienda 2018-2021.

Podrán optar a estas ayudas las comunidades de propietarios, las agrupaciones de comunidades de propietarios o cooperativas y también propietarios únicos de edificios, entre otros.

Las siguientes actuaciones de conservación y mantenimiento de los inmuebles, así como de mejora de la accesibilidad serán subvencionables. Para ello, lo primero será contar con el  Informe de Evaluación del Edificio (IEEV.CV) que mostrará las deficiencias detectadas y necesitadas en cuanto a conservación de la cimentación, estructura e instalaciones.

Estas actuaciones se pueden dar en cubiertas, azoteas, fachadas, medianeras, como también en otros elementos comunes. En los procesos se incluyen los procesos de desamiantado.

Ayudas a la rehabilitación de edificios y accesibilidad

En cuanto a las actuaciones de accesibilidad se consideran subvencionables la instalación de ascensores en edificios sin ascensor. También se incluye la renovación de ascensores existentes, instalación de salvaescaleras, rampas u otros dispositivos. Se considera dentro de estas ayudas la adaptación de las instalaciones según la normativa sectorial correspondiente.

Otros elementos y mejoras subvencionables serán los elementos o dispositivos de comunicación entre viviendas y estas con el exterior. Se fomenta la accesibilidad con la incorporación de señales luminosas o sonoras en escaleras y ascensores.

En general, podrá optar a las ayudas cualquier intervención que mejore el cumplimiento de los parámetros establecidos en el Documento Básico del Código Técnico de la Edificación DB-SUA, Seguridad de utilización y accesibilidad.

En cuanto a la fecha de final de plazo par la presentación de solicitudes, queda sin fijar hasta que finalice el estado de alarma. 

EL REAL DECRETO 463/2020, DE 14 DE MARZO, POR EL QUE SE DECLARA EL ESTADO DE ALARMA PARA LA GESTIÓN DE LA SITUACIÓN DE CRISIS SANITARIA OCASIONADA POR EL COVID-19, EN SU DISPOSICIÓN ADICIONAL TERCERA DISPONE QUE SE SUSPENDEN TÉRMINOS Y SE INTERRUMPEN PLAZOS PARA LA TRAMITACIÓN DE LOS PROCEDIMIENTOS DE LAS ENTIDADES DEL SECTOR PÚBLICO. EL CÓMPUTO DE LOS PLAZOS SE REANUDARÁ EN EL MOMENTO EN QUE PIERDA VIGENCIA EL PRESENTE REAL DECRETO O, EN SU CASO, LAS PRÓRROGAS DEL MISMO.

EN MATERIA TRIBUTARIA LA SUSPENSIÓN DE PLAZOS PROCEDIMENTALES SE RIGE POR EL REAL DECRETO LEY 8/20 (BOE Nº 73 DE 18/3/2020). EL PLAZO PARA PRESENTAR AUTOLIQUIDACIONES DE TRIBUTOS GESTIONADOS POR LA AGENCIA TRIBUTARIA VALENCIANA (ATV) SE RIGE POR EL DECRETO LEY 1/2020 (DOGV Nº 8774 DE 30/3/2020) Y SU CORRECIÓN DE ERRORES (DOGV Nº 8878 BIS DE 1/4/2020).

Más información – Plan Renhata 2020

Promissan te asesora sobre las ayudas – Plan Renhata 2020

Ante una situación tan cambiante, las modificaciones pueden darse a lo largo de los próximos días. En Promissan, siguiendo con nuestra voluntad de servicio y atención al cliente, mantenemos nuestros canales de comunicación abiertos. Nuestro equipo de profesionales está a tu disposición para asesorarte.

Estaremos atentos ante cualquier cambio que se produzca para comunicarlo puntualmente.

Ayudas a la rehabilitación de edificios