En esta ‘Guía sobre ayudas a la rehabilitación de edificios de la CV’ detallamos las características de estas ayudas del Programa de fomento de la conservación, de la mejora de la seguridad de utilización y de la accesibilidad en viviendas del Plan estatal de vivienda 2018-2021. 

La Conselleria de Vivienda Obras Públicas y Vertebración del Territorio de la Generalitat Valenciana aprueba las bases reguladoras de las ayudas de rehabilitación de edificios. En ellas se contempla el fomento de actuaciones hacia la conservación, mejora de la seguridad de utilización y accesibilidad.

Estas ayudas se enmarcan dentro del Plan Hábitat 2030 de la Generalitat Valenciana. Son cuatro las líneas estratégicas.

  1. Implantar una nueva gobernanza. Con un 100% del territorio en el que la interlocución sea por proximidad.
  2. Duplicar el parque de viviendas con fines sociales. Hasta alcanzar 32.000 viviendas en 2030.
  3. Fomentar el hábitat resiliente. Se plantea la rehabilitación de 150.000 viviendas y la regeneración de sus entornos.
  4. Transición ecológica y descarbonización. Se propone reducir el consumo de recursos y dirigirnos hacia el residuo cero.

El Plan Estatal de Vivienda 2018-2021 en su Programa 6 de fomento de la conservación y mejora de la seguridad de utilización y de accesibilidad en viviendas convoca estas ayudas cuyas bases reguladoras exponemos. 

Guía sobre ayudas a la rehabilitación de edificios de la CV.  CONSERVACIÓN Y ACCESIBILIDAD. 

1. ¿Cuál es el objetivo de estas ayudas?

El objetivo se presenta como ayudas de rehabilitación de edificios de viviendas para las actuaciones de conservación, de la mejora de la seguridad de utilización y de la accesibilidad. Están dentro del Plan estatal de vivienda 2018-2021, tanto en régimen de concurrencia competitiva, como las ayudas adicionales de la Generalitat.

2. ¿Quiénes se benefician de estas ayudas?

Figuran tres grupos importantes de beneficiarios.

  • Comunidades de propietarios, agrupaciones de comunidades de propietarios, cooperativas, propietarios únicos de edificios de viviendas.
  • Administraciones Públicas y demás entidades de derecho público.
  • Empresas constructoras, arrendatarias o concesionarias de los edificios.

Consulta las características principales de estas ayudas

3. ¿Cuáles son las características de estas ayudas?

Las ayudas a la rehabilitación de edificios, conservación y accesibilidad, plantean unas características en función de su ámbito, de los requisitos necesarios de los edificios y generales. 

Según el ámbito.

  • Edificios de viviendas unifamiliares, incluyendo el interior de la vivienda.
  • Los elementos comunes de edificios de viviendas de tipología residencial colectiva
  • Los elementos comunes y al interior de las viviendas de edificios de tipología residencial colectiva, en el caso de edificios de un único propietario.

Requisitos de los edificios.

▪ Estar finalizados antes de 1996.

Excepción para actuaciones de accesibilidad en edificios con una persona con un grado de discapacidad superior al 33%.

▪ Al menos el 70% de su superficie sobre rasante, excluida la planta baja, dedicada a uso residencial de vivienda.

▪ Al menos el 50% de las viviendas es domicilio habitual y permanente.

Características generales.

  • Edificio con el correspondiente Informe de Evaluación del Edificio (IEEV.CV).
  • Acuerdo de la comunidad de propietarios para la ejecución de las obras, salvo propietario único.
  • Proyecto de la actuación a realizar. Por otro lado, si no se dispone en ese momento del proyecto de la actuación se aportará una memoria redactada por técnico competente.
  • El plazo para ejecutar las obras no podrá exceder de 24 meses.
  • Admisibles obras iniciadas antes de la solicitud de las ayudas, siempre que se hayan iniciado con posterioridad al 1 de enero de 2020 y al registro telemático del IEEV.CV.
  • No se admitirán solicitudes de obras finalizadas

Actuaciones y gastos subvencionables

4. ¿Cuáles son las actuaciones subvencionables?

Las actuaciones subvencionables de estas ayudas se dividen en dos: conservación y mejora de la seguridad de utilización y de la accesibilidad. A continuación exponemos qué contempla cada una de ellas.

Conservación

  1. a) Cimentación, estructura e instalaciones.
  2. b) Fachadas, cubiertas, medianeras u otros elementos comunes.

Todas ellas deben estar identificadas como necesarias en el IEEV.CV.

La intervención propuesta deberá incluir aquellas actuaciones calificadas como urgentes en el IEEV.CV, salvo motivos excepcionales.

Mejora de la seguridad de utilización y de la accesibilidad
a)  Instalación de ascensores en edificios sin ascensor.

b)  Renovación de ascensores, instalación de salvaescaleras, rampas u otros dispositivos de accesibilidad. Se incluye los adaptados a las necesidades de personas con discapacidad sensorial,así como su adecuación, una vez instalados, a la normativa sectorial correspondiente.

c)  La instalación de elementos de información de aviso.


d)  La instalación de elementos o dispositivos electrónicos de comunicación.


e)  Mejoras para cumplir el DB-SUA, seguridad de utilización y accesibilidad del CTE

 

5. ¿Cuáles son los gastos subvencionables?

Detallamos la relación de gastos que pueden ser subvencionables.

  • Coste de las obras.
  • Honorarios de los profesionales intervinientes.
  • Redacción de los proyectos, informes técnicos y certificados necesarios. No se incluirán impuestos, tasas o tributos.

El coste total subvencionable no podrá superar los costes medios de mercado de la Comunitat Valenciana. Se entenderán por costes medios de mercado de la Comunitat Valenciana los que figuren en la edición vigente de la Base de Datos de Precios de la construcción del Instituto Valenciano de la Edificación. 

Cantidades de las ayudas y coste subvencionable

6. ¿A qué cantidades ascienden estas ayudas?

Las cantidades de estas ayudas dependen, por un lado, del tipo y cuantía de las ayudas del Ministerio. En este aspecto, la suma de la ayuda objetiva a la comunidad y las ayudas complementarias que correspondan a las viviendas con derecho a ella no podrá superar el importe global máximo de subvención del edificio.

  • Ayuda general a la comunidad: 40% del coste subvencionable.
  • Ayuda complementaria a las viviendas: 35% del coste subvencionable.
  • En caso de ingresos inferiores a 3 IPREM.
    • En obras de accesibilidad si los residentes son personas discapacitadas o mayores de 65 años

Con los siguientes máximos:

Conservación:

▪ Hasta 3.000 €/vivienda y 30 €/m2 de local comercial.

▪ Incremento por BIC: 1.000 €/vivienda .

 Accesibilidad / Accesibilidad y Conservación:

▪ Hasta 8.000 €/vivienda y 80 €/m2 de local comercial.

▪ H. 14.000 €/vivienda, si reside una persona con discapacidad.

▪ Hasta 17.000 €/vivienda, si personas con grado más severo de discapacidad. ▪ Incremento por BIC: 1.000 €/vivienda.

A continuación se detalla el tipo y la cuantía de las ayudas adicionales de la GVA.

  • 10% del coste subvencionable.
  • Hasta 2.000 €/vivienda y 20 €/m2 de local comercial. 

Revisa los criterios de adjudicación

7. ¿Cuáles son los criterios de adjudicación?

Conservación

  • Actuación urgente en estructura, fachadas, medianeras o cubierta según IEEV.CV: 3
  • Actuación urgente en otros elementos según IEEV.CV: 1

Seguridad de utilización y de la accesibilidad

  • Instalación de ascensores: 4 
  • Obras de mejora de la accesibilidad de la edificación: 2

Calidad constructiva

En edificios con categoría constructiva catastral 7, 8, o 9: 7 

– Edificios con categoría constructiva catastral 6: 5 

– En edificios con categoría constructiva catastral 5: 3 

-Edificios con categoría constructiva catastral 4: 2 

– En edificios con categoría constructiva catastral 1, 2, o 3: 1

Nº de viviendas con ingresos inferiores a 3 veces el IPREM, edificios ≥ 6 viviendas

  • Inferior al 20% de las viviendas del edificio:1 
  • Del 20% y por debajo del 40%: 3 
  • Entre el 40% y por debajo del 70%: 5 
  • Igual o superior al 70%: 7

Nº de viviendas con ingresos inferiores a 3 veces el IPREM, edificios < 6 viviendas

  • Una vivienda : 1
  • Dos viviendas : 2 
  • Tres o más viviendas 4

Bien de Interés Cultural o catalogados 1

Plazos y trámites

8. ¿Cuándo solicitarlo?

Plazo de presentación

El plazo para la presentación de la solicitud de ayuda se iniciará el día siguiente a la publicación de la resolución de convocatoria en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana y finalizará el día 29 de julio de 2021, inclusive. (DOGV núm. 9099 de 03.06.2021)

El incumplimiento del plazo de solicitud determinará automáticamente la exclusión de la convocatoria.

9. ¿Cómo se tramita?

Se tramita telemáticamente a través del enlace correspondiente.  

Para realizar dicho trámite es necesario el certificado electrónico.

Tramitación

Tramitar con certificado electrónico:
Información de tramitación
1) Acceder desde el icono «tramitar con certificado»
2) Rellenar la solicitud y aportar documentación
3) Registrar y enviar
Para realizar este trámite es requisito indispensable disponer de firma electrónica avanzada o DNI electrónico.
También puede tramitar utilizando el sistema de CL@VE-PERMANENTE del Estado. Con este sistema de autenticación y firma no necesita disponer de certificado en su equipo ni usar Java o AUTOFIRMA.

Promissan te resuelve las preguntas frecuentes sobre ayudas a la rehabilitación de edificios

En esta ‘Guía sobre ayudas a la rehabilitación de edificios de la CV’ hemos detallado los aspectos más importantes de dichas subvenciones, pero pueden surgirte algunas dudas.

Te avanzamos algunas dudas que te pueden surgir.

  • ¿Es necesaria la intervención de un técnico competente?

Su intervención es necesaria para realizar el proyecto, dirigir la obra y completar documentación adicional exigida en el trámite de solicitud. Estas tareas requieren de profesionales cualificados. En Promissan disponemos del equipo humano que necesitas para tu proyecto.

  • ¿La empresa constructora ha de estar inscrita en algún organismo?

Aunque en principio no es necesario, Promissan está inscrita en el Registro IVE por la Calidad en el Hábitat Construido.

  • Solicitud de presupuesto y presentación para la ayuda

Por consigueinte, en Promissan estamos especializados en la rehabilitación de edificios y mejoras de la seguridad y accesibilidad, por lo tanto podemos ofrecerte el presupuesto ajustado a tus necesidades. Tras casi 30 años de experiencia en el sector conocemos la gestión de este tipo de ayudas y podemos ayudarte. Hay que tener en cuenta que el presupuesto debe ser real, ya que una vez presentada la solicitud, el presupuesto no puede modificarse.

La obligatoriedad del Informe de Evaluación del Edificio (IEEV.CV)

Sí, es obligatorio y paso previo a las rehabilitaciones y solicitud de las ayudas. Por lo tanto, puedes solicitar las ayudas para la realización del Informe de Evaluación del Edificio en la Comunitat Valenciana. 

El procedimiento de concesión de estas subvenciones será el de concurrencia competitiva. Podrán ser parte beneficiaria de estas ayudas las comunidades de personas propietarias o personas propietarias únicas de edificios de carácter predominantemente residencial, que hubieren formalizado la presentación telemática del IEEV.CV con posterioridad al 23 de junio de 2020, según modelo establecido por la Dirección General de Calidad, Rehabilitación y Eficiencia Energética. 

El plazo para la presentación de la solicitud se iniciará a partir del día siguiente a la publicación de la presente resolución de convocatoria en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana y finalizará el día 30 de junio de 2021, inclusive. 

¿Tienes más dudas?

Si una vez leídas las bases, tienes dudas sobre el procedimiento o la obra a realizar, ponte en contacto con nosotros en el 965 43 47 01 o en construcciones@promissan.com

La presentación de las solicitudes se realiza de forma telemática.

En concusión, si estás pensando en solicitar estas ayudas, date prisa, primará la solicitud con el número más bajo de registro telemático de entrada.

Confiamos en que esta información te resulte útil. La información aquí expuesta es de carácter orientativo. Por lo que, consulta siempre la bases y si tienes dudas, llámanos al 672 74 60 86 – 965 43 47 01.

Si te ha sido de utilidad, comparte esta ‘Guía sobre ayudas a la rehabilitación de edificios de la CV’.

BASES Y TRÁMITES

Guía definitiva sobre las ayudas a la rehabilitación de edificios de la CV