La Generalitat Valenciana ha aprobado las bases reguladoras para las ayudas destinadas a la realización del Informe de Evaluación de Edificios de Viviendas (IEEV.CV) para el año 2024. Este informe es crucial para evaluar el estado de conservación, accesibilidad y eficiencia energética de los edificios residenciales.
El objetivo de estas subvenciones es fomentar la realización del IEEV.CV en edificios unifamiliares y plurifamiliares como paso previo a las actuaciones de rehabilitación, incluidas las mejoras de accesibilidad. A través de estas ayudas, se propone impulsar la realización de estos informes teniendo en cuenta la exigencia legal de su realización en los edificios de más de 50 años.
El procedimiento de concesión se tramitará en régimen de concurrencia competitiva, donde el único criterio será el orden de presentación de las solicitudes completas.
Consulta las bases completas para la solicitud de las ayudas para la realización del IEE.CV.
Contenido de las ayudas para el Informe de Evaluación de Edificios
Podrán ser beneficiarias las comunidades de propietarios o propietarios únicos de edificios predominantemente residenciales que hayan registrado el IEEV.CV según el modelo establecido.
Por un lado, el informe debe incluir un estudio de protección de incendios del inmueble, con detalles sobre evacuación, propagación de incendios, instalaciones de protección y evaluación del potencial de mejora. Por otro lado, relacionado con el importe de la subvención, el importe protegido será el coste facturado del informe (sin IVA). Será con un máximo subvencionable según el número de viviendas y la superficie del local. Se especifica que con el estudio de protección de incendios el importe subvencionable es el 100% del importe protegido. Mientras que sin el estudio de protección de incendios es el 80% del importe protegido,
Obligaciones y responsabilidades derivadas de las ayudas para el Informe de Evaluación de Edificios
Los beneficiarios deben facilitar documentación, someterse a controles financieros y comunicar la obtención de otras subvenciones para la misma finalidad.
El plazo máximo para resolver y notificar la resolución será de seis meses desde la fecha de presentación de la solicitud. La resolución se publicará en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana y en el portal de la Generalitat.
Cualquier alteración de las condiciones tenidas en cuenta para la concesión de la subvención podrá dar lugar a la modificación de la resolución de concesión y, en su caso, a la pérdida del derecho al cobro total o parcial de la subvención.
Promissan, tu agente de la rehabilitación
Promissan está registrada como empresa agente de la rehabilitación. Si necesitas más información sobre cómo poner en marcha las obras de mejora de accesibilidad bajo estas indicaciones de las bases reguladoras de las ayudas, contacta con nosotros.
Además, como empresa constructora especialista en rehabilitación hemos sido certificados por el Registro IVE a la Calidad del Hábitat Construido. Así como, nuestra responsabilidad con el medio ambiente queda certificada con la obtención del ISO 9001 – gestión de calidad – y del ISO 14001 – gestión ambiental.
Resumen de cuestiones sobre las ayudas para la realización del IEE.CV – FAQs
- ¿Quién puede solicitar estas subvenciones? Las comunidades de propietarios o propietarios únicos de edificios predominantemente residenciales que hayan registrado el IEEV.CV.
- ¿Cuál es el importe máximo subvencionable? El importe máximo subvencionable varía según el número de viviendas y la superficie del local.
- ¿Qué documentación se necesita para solicitar la subvención? Se necesita la factura de honorarios, justificación de la inscripción del IEEV.CV, acta de la comunidad de propietarios, y el anexo con el estudio de protección de incendios, entre otros documentos.
- ¿Cuál es el plazo para resolver la solicitud? El plazo máximo para resolver y notificar la resolución es de seis meses desde la fecha de presentación de la solicitud.
El plazo límite para la presentación de solicitudes es hasta el 29.11.1014.