Se ponen en marcha las Ayudas a la rehabilitación Ayuntamiento de Elche. Desde el 4 de julio hasta el 3 de octubre de 2024, está abierto el plazo de solicitud. Estas ayudas se otorgarán en régimen de concurrencia competitiva, destinadas principalmente a las actuaciones de rehabilitación de edificios de viviendas.
El Ayuntamiento de Elche destina 500.000€ ampliables a 700.000€ para realizar actuaciones de conservación y ornato de edificios de viviendas, así como la mejora de la seguridad de utilización y la accesibilidad.
El ámbito de convocatoria comprende todo el término municipal de Elche. Podrán acceder a ellas las comunidades de propietarios, agrupaciones de comunidades de propietarios, cooperativas de edificios de vivienda residenciales, tanto colectiva como de propietarios únicos de edificios de viviendas. Cualquiera de estos posibles beneficiarios deberán cumplir lo establecido en las Bases.
Ayudas a la rehabilitación Ayuntamiento de Elche. Actuaciones en edificios
Las actuaciones subvencionables son las necesarias para lo expresado a continuación.
Conservación de los edificios
Aquellas mejoras detectadas en el correspondiente Informe de Evaluación del Edificio (IEE).
- Relativas al estado de conservación de cimentación y estructura.
- Conservación de cubiertas, azoteas, fachadas y medianeras, incluye procesos de desamiantado.
Mejora de la seguridad de utilización y la accesibilidad
- Instalación de ascensores en edificios carentes de ellos.
- Renovación de ascensores existentes, instalación de salvaescaleras, rampas u otros dispositivos de accesibilidad.
Actuaciones puntuales de ornato del edificio
- Ornato de fachadas y cubiertas a través de pintura y/o saneamiento de las mismas en mal estado de conservación.
- Adecuación de fachadas mediante eliminación, ocultación o reconducción de cableados exteriores de instalaciones, o cualquier otro tipo de instalación o elemento deteriorado.
Qué edificios pueden optar a las ayudas
Los edificios para los que se soliciten las ayudas reguladas en las Bases deberán cumplir algunos requisitos.
- Estar finalizados antes de 1996. Excepcionalmente esta condición no será necesario cumplirla en el caso de actuaciones de accesibilidad en edificios donde resida alguna persona con un grado de discapacidad superior al 33 por 100.
- Al menos el 70 por 100 de su superficie construida sobre rasante, excluida la planta baja, tenga uso residencial de vivienda.
- Al menos el 50 por 100 de las viviendas del edificio constituirán el domicilio habitual de sus propietarios, usufructuarios o arrendatarios en el momento de solicitar las ayudas.
Requisitos para la solicitud de las ayudas para la rehabilitación de edificios
El primer requisito para la obtención de las ayudas es que el edificio cuente con el Informe de Evaluación del Edificio (IEE.CV), cumplimentado, suscrito por persona técnica competente y presentado telemáticamente en el Registro Autonómico del IEEV.CV.
Consulta los requisitos y documentación a aportar.
Criterios de valoración de las solicitudes
Las solicitudes estarán valoradas según los siguientes criterios.
POR TIPO DE ACTUACIÓN
Actuaciones de conservación – 6 puntos
Mejora de accesibilidad – 4 puntos
Ornato – 3 puntos
ACTUACIONES DE CONSERVACIÓN
Destinadas a atajar síntomas o lesiones en la estructura, fachada o medianera o cubierta, que requieran una intervención urgente conforme al Informe de Evaluación del Edificio (IEEV.CV) – 3 puntos
ACTUACIONES DE ACCESIBILIDAD
Instalación de ascensores – 3 puntos
Que resida en el edificio al menos una persona mayor de 65 años o con resolución de discapacidad superior al 33%. – 2 puntos
OTROS CRITERIOS
Edificios con más de 50 años – 3 puntos
Promissan, especialistas en rehabilitación
Como empresa constructora especialista en rehabilitación hemos sido certificados por el Registro IVE a la Calidad del Hábitat Construido.
Además, nuestra responsabilidad con el medio ambiente queda certificada con la obtención del ISO 9001 – gestión de calidad – y del ISO 14001 – gestión ambiental.
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